Por Luis Larrea
El conflicto interno sufrido por el Perú por veinte años (1980-2000) ha dejado una serie de secuelas entre muertes, desapariciones, tortura y ejecuciones extrajudiciales, además de incalculables pérdidas de proyectos de vida de todos quienes directa e indirectamente sufrieron los efectos del conflicto. Pese a los esfuerzos de conocer la verdad y construir las bases de una verdadera reconciliación nacional, mediante la conformación y trabajo de una Comisión de la Verdad y Reconciliación, hasta la fecha no se alcanza esa anhelada reconciliación.
La judicialización de casos ha generado víctimas de primera y segunda clase. Así aquellos que sufrieron violaciones de derechos humanos en la ciudad Capital Lima, como son los casos de Barrios Altos y la Cantuta, representan a esas víctimas de primera clase, quienes gracias al apoyo de ONG capitalinas llevaron sus casos a instancias internacionales y lograron influir en las esferas del poder político y judicial peruano, a fin de obtener importantes sumas de dinero por indemninzación y sentencias condenatorias firmes. Pero por otro lado se tiene el asesinato de campesinos pobres, cuyos familiares se resigna con el sólo hecho que le sean devueltos los restos de sus seres queridos y le den cristiana sepultura luego de largos años de búsqueda. La devolución de restos, se dio gracias al trabajo de identificación por parte del Ministerio Público y en ceremonias impactantes pero ignoradas a nivel nacional, fueron entregadas a sus familiares, y hasta allí llegó la llamada justicia, pues no hay sentencias condenatorias firmes y mucho menos importantes indemnizaciones. De igual forma casos como el del periodista Hugo Bustios, asesinado en un paraje de la Provincia de Huanta, luego de treinta años de su muerte, aún no hay culpables. Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional hasta le fecha no han levantado información clasificada y se sigue manteniendo en el anonimato a los autores materiales de los delitos cometidos. En suma en el tema de justicia se avanzó para unos cuantos privilegiados, pero se sigue violando el derecho fundamental a la justicia de miles de personas, especialmente de aquellas que son pobres y discriminadas.
Uno de los grandes mitos fabricados por algunas ONGs y defensores de Derechos Humanos, secundados por algunos medios de comunicación y actores políticos, es que el ex dictador Alberto Fujimori fue «condenado por delitos de lesa humanidad». Llama la atención que personas supuestamente especializadas en temas de derechos humanos, no comprendan las resoluciones judiciales, ni mucho menos principios y competencias de fueros internacionales, que rigen el derecho penal. El Tribunal Constitucional ha establecido que la denominación de «crímenes de lesa humanidad» en el caso del dictador Fujimori, tiene la categoría de ser DECLARATIVA, es decir, sólo hace referencia a una obligación del estado peruano de cumplir con la investigación, juzgamiento y sanción de crímenes de lesa humanidad, pero no es una condena. El dictador Fujimori no fue denunciado, extraditado y procesado por delitos de lesa humanidad, ya que al momento de cometerse los hechos no estaba configurado éste delito como tal, y un principio básico es que nadie puede ser condenado por un delito que al momento de producirse los hechos no esté establecido como tal en el ordenamiento legal. Es más, algunos «expertos» afirman que al dictador Fujimori lo condenó la Corte Interamericana de Derechos Humanos por el delito de lesa humanidad. Primero la CIDH no juzga personas sino estados, y fue estado peruano condenado por estos crímenes de relevancia internacional. Segundo, si a nivel internacional existía ya la figura de delitos de lesa humanidad, y siendo los tratados internacionales parte del derecho nacional, y habiendo un conflicto de leyes, pues por principio se aplica la ley más favorable, esto es la legislación penal peruana vigente. Este proceder no significa una violación a las obligaciones internacionales, sino todo lo contrario, es el cumplimiento de las obligaciones del estado en cuanto a la sentencia de la CIDH, esto es: investigar, juzgar y sancionar. Por lo tanto, el dictador Fujimori fue condenado por los delitos de asesinato, secuestro y demás delitos que al momento de cometerse los hechos estaban vigentes, y no como los mitómanos afirman que hay una condena por delitos de lesa humanidad.
En los últimos también estamos enfrascados en una conflictividad política y social sobre la permanencia o no en prisión del dictador Fujimori. Se le otorgó un indulto negociado, el mismo que fue anulado por un juez, y recientemente se ha aprobado un proyecto de ley (Proyecto de Ley 3533-2018, Ejecución Humanitaria de la pena), el cual permite a personas mayores de edad y bajo ciertas condiciones, cumplir con la pena impuesta, mediante un arresto domiciliario y vigilancia electrónica. El dictador Fujimori y todos aquellos condenados por delitos cometidos durante su decenio en el gobierno, han sido, son y serán condenados, estos es, culpables por los delitos cometidos, y lo que se trata es de mejorar las condiciones carcelarias, tanto para los adultos mayores condenados, así como para los establecimientos penitenciarios. En el país hay una crisis penitenciaria, que si bien es cierto éste tipo de medidas beneficiaría sólo a un 4% de la población carcelaria, pero es una forma de gestionarla. Conforme al último censo penitenciario del año 2017, se tiene una diferencia entre capacidad de albergue de los establecimientos penitenciarios y la cantidad de internos de 131%, esto es un promedio de 48, 439 internos que sobrepasan la capacidad de los establecimientos penitenciarios. A nivel internacional se considera que un déficit de 20% como hacinamiento, así que imagínense lo que significa un 131% de déficit. Se afirman también que esta propuesta legislativa tiene nombre propio y que se da sólo para beneficiar al dictador Fujimori, y por lo tanto debe ser observada por el Poder Ejecutivo. De hecho que hay irregularidades en la forma de legislar, los cuales tendrán que determinarse mediante procesos de control constitucional, pero el en el fondo lo que regula esta ley es un tema de cumplimiento de pena mediante el arresto domiciliario y vigilancia electrónica. Aquí se pretende mezclar los intereses políticos con situaciones jurídicas, llegando a conclusiones que incrementan los niveles de conflictividad en el país. Enfocarnos en la situación de encierro de un dictador, distrae y genera pérdidas políticas, sociales y económicas, llegando incluso a convertirse en una venganza y victimización de asesinos, quienes recurre al discurso «del odio» para victimizarse aún más. El hecho de reclamar derechos humanos de memoria y acceso a la justicia se materializa mediante la educación y difusión de los que pasó en el Perú, a fin de que no vuelva a ocurrir, y el acceso a la justicia se materializa mediante la investigación, procesamiento, juzgamiento y sanción de los responsables. Aquí volvemos a lo expuesto líneas arriba, ya que sólo unos privilegiados han logrado justicia y memoria, mientras que los pobres y discriminados no lo logran. La demanda de acceso a la justicia y memoria va mucho más allá del encierro o no del condenado dictador Fujimori, que dicho sea de paso le cuesta al estado peruano un promedio de 500,000 soles al año, y a esto hay que sumarle los costos políticos y sociales que el debate y la conflictividad sobre su permanencia o no en prisión genera en el país.
Para gestionar los problemas debemos tener claridad y coherencia en nuestros argumentos, los mismos que se deben sustentar en hechos y no pareceres o sentimientos, ya que no se trata de adivinar el futuro, sino de gestionar la problemática actual. En ese sentido debemos:
Dejar de utilizar la afirmación de que el dictador fue condenado por delitos de lesa humanidad, pues no se ajusta a los hechos.
Dejar de decir que leyes como la propuesta generan impunidad, pues no se trata de una ley de amnistía o de perdón de delitos. Los condenados seguirán siendo condenados y lo que se busca es que cumplan sus condenas bajo circunstancias diferentes. Tampoco se trata de que cumplan su condena en libertad, como lo afirman algunos, pues al tener vigilancia electrónica y estar sometidos a un arresto domiciliario, nadie en su sano juicio llama a estas condiciones como «libertad».
Podemos y debemos ser críticos con la forma en que se legisla en el país, y de hecho que por la forma como fue aprobada la propuesta legislativa puede estar sujeta a control posterior y hasta incluso derogada mediante un proceso de control constitucional, pero el fondo del asunto es si conviene al país seguir perdiendo tiempo y recursos con el debate y el conflicto de mantener encerrado al dictador Fujimori. Los últimos 10 años lo hemos invertido en éste debate, llegando incluso en momentos a victimizar al asesino, pero nos hemos olvidado que hay miles de familias que aún no alcanzan justicia y que incluso muchos de ellos aún no recuperan sus muertos que yacen olvidados en alguna fosa común. Se han hecho vigilias y lavados de bandera por la situación de un dictador que hoy se victimiza, pero no se ha hecho nada por reclamar que las Fuerzas Armadas levanten el secreto de sus comunicaciones y documentos, para probar de una buena vez que lo que hubo en el Perú fue un ataque sistemático contra la población que nada tenía que ver con el conflicto armado. Tampoco se hace vigilia para que aquellas personas que recuperaron a sus muertos, tras largos años de buscarlos, no hayan recibido unas disculpas desde las más altas esferas del poder, pues sólo la entonces Ministra de Justicia Marisol López Tello pidió disculpas y derramo algunas lágrimas, pero allí quedó, mientras que las víctimas de primera clase de la Capital, salen a los medios, viajan a la CIDH y hacen valer sus derechos. Tanta razón tenía la Comisión de la Verdad en afirmar que el Perú es un país con alto grado de discriminación, la misma que hasta ahora se vive y se padece.
Dejemos de enfocarnos en la situación penitenciaria de un condenado ex dictador, pues su permanencia detrás de las rejas, además de costarle mucho dinero al país, nos distrae de las demandas reales de acceso a la justicia y la memoria. El ex dictador es un condenado y esa será su situación hasta que dé su último suspiro. El mayor castigo que recibe un dictador es el olvido como persona, y obvio está que las secuelas de su crimen no se pueden olvidar y más aún hay mucho pendiente por resolver, ya que el conflicto no sólo afecto a los Barrios Altos o los de la Cantuta. Al llevar a cabo debates y generar conflictividad por el encierro en prisión o no del dictador, lo convierte a él y su familia en actores principales de la política peruana, y eso no es un castigo social, más al contrario es un mérito inmerecido e injusto, especialmente para tantas víctimas olvidadas.
Termino parafraseando al gran Leon Gieco: «A veces la ignorancia puede con pueblo, y ganan verdugos y asesinos; creemos que la historia se ha escrito en un minuto y todo lo vivido un mal sueño; a veces somos nuestros enemigos, ensuciamos las rutas y los ríos, matamos en las guerras y en las calles hoy tenemos, viejos monumentos de asesinos».
futuroyopinion | 13 octubre, 2018 en 0:05 | Categorías: comentarios | URL: https://wp.me/pVEaj-p6