La Unidad de Investigación de Estación Wari tuvo acceso a los documentos de la detención del dirigente de Construcción Civil, Leonidas Coronado, el pasado 22 de abril en la UNSCH. Aunque Coronado fue liberado la noche de ayer, el acta nos permite cuestionar si la PNP contó con una autorización judicial o de la entidad universitaria, o habría saltado la Ley Universitaria que en su artículo 8 establece: “El recinto de las universidades es inviolable. Las fuerzas policiales solo pueden ingresar en él por mandato judicial, y a petición expresa del Rector, de la que dará cuenta inmediata al Consejo Universitario, salvo el caso de flagrante delito o peligro inminente de perpetración”.
En el acta de detención, constatamos que Coronado fue detenido «en flagrancia». Sin embargo, la descripción de los hechos es vaga: “A las 9:45 de la mañana del lunes 22 de abril, mientras realizaban patrullaje motorizado, recibieron la orden del ‘Comandante de guardia’ de intervenir en dicho lugar”. No se especifica el lugar ni se menciona el nombre del Comandante, que podría ser el mismo que Esperanza Rojas buscaba cuando ingresó a la Comisaría y se dirigió al trabajador ya detenido diciéndole: “no sabes con quién te has metido”.
Según el acta, tres personas alertaron a los policías de que “en el interior de las instalaciones de la UNSCH, un grupo de aproximadamente 10 personas no dejaban y molestaban al ingeniero de la obra”. Fue entonces cuando intervinieron a Leonidas Coronado Bendezú (53), “quien se encontraba desplazándose y huyendo por las instalaciones de la UNSCH”.
¿Qué delito se le atribuye? Según el atestado policial, coacción laboral. ¿Cómo se interpreta que el simple hecho de desplazarse constituye coacción laboral? ¿Contra quién y de qué manera?
El acta menciona a Esperanza Rojas Gutiérrez, representante de la obra del Proyecto Especial Legado de la construcción del Comedor, quien fue alertada por los ingenieros de la obra y, según el hermano del detenido, fue quien lo denunció recibiendo atención inmediata por parte de la policía.
¿Contó la policía con autorizaciones para ingresar al recinto universitario, aún cuando se menciona que fue en flagrancia? ¿Tramitaron rápidamente una orden judicial o rectoral? ¿Por qué la dueña del movimiento Warillaqta recurre directamente al Comandante.
No se encontró ningún objeto contundente o peligroso en el detenido. ¿Por qué no actuó su propio personal de seguridad en lugar de recurrir a la policía?
¿Será que el poder económico conlleva a procesos expeditos, sin considerar si las acciones están dentro del marco legal? Es evidente en los videos cómo Esperanza Rojas es escoltada por un numeroso grupo de policías. ¿Por qué los privilegios?