SENTENCIAN A EX FUNCIONARIOS DE LA MUNICIPALIDAD DEL DISTRITO DE AYNA SAN FRANCISCO POR EL DELITO DE COLUSIÓN AGRAVADA Y OTROS.
- Los implicados levantaron actas de verificación y recepción de obra, pese a que esta no estaba ejecutada.
La Corte Superior de Justicia de Ayacucho, a través del cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Huamanga, sentenció a 22 años de pena privativa de libertad efectiva a Richard La Torre Echegaray como autor del delito continuado de Colusión agravada, autor del delito de Falsedad ideológica en concurso real y cómplice primario del delito de Peculado doloso, asimismo a 19 años de pena privativa de libertad a Alex Martin Quispe Morales como autor del delito continuado de Colusión agravada, y cómplice primario del delito de Peculado doloso, a 15 años de pena privativa de libertad a Marino Ramos Cruz y 06 años de pena privativa de libertad contra Percy Chávez Avendaño y Pedro Néstor Pardo Palomino, como cómplice primario del delito continuado de Colusión agravada.
Asimismo, sentenció a 3 años de pena privativa de libertad suspendida a Simón Alejandro Cárdenas Aguilar como autor del delito de Falsedad ideológica, 2 años y 8 meses a Guillermo Canchari Pillaca como autor del delito de Falsedad Genérica y 4 años a Ruth Chávez Berrocal como cómplice primario del delito de Peculado doloso, todos en agravio de la Municipalidad Distrital de Ayna, San Francisco,
Según los hechos, en el 2014, los funcionarios públicos de la municipalidad distrital de Ayna (La Mar), Alex Martín Quispe (Sub Gerente de Infraestructura y Desarrollo) Percy Chávez (Jefe de Abastecimiento) y Yober Gavilán (Jefe de Almacén), durante la ejecución de la obra por administración directa «Mantenimiento de Camino Vecinal no Pavimentados Carmen Pampa Sanquirhuato, Distrito de Ayna – La Mar, no habiendo tenido un avance físico de la mencionada obra, presentó una ejecución financiera de S/. 60,822.35 soles, verificando que los imputados se pusieron de acuerdo con Marino Ramos Cruz (propietario de Comercial Virgen del Carmen) para defraudar patrimonialmente al Estado, en el monto de S/. 10,150.95 soles, sabiendo que los materiales de construcción y agregados no ingresaron en la mencionada obra.
Para la indicada obra los funcionarios mencionados, alquilaron maquinarias pesadas, quienes dieron conformidad al proveedor, a pesar que no prestó el servicio, emitiendo la factura 002-000119 y cobró indebidamente los S/. 10,140.00 soles. Además, realizaron la adquisición de combustible en el monto ascendente a S/. 5,501.40 soles, que no fue entregado ni a los almacenes de la entidad local ni a la obra.
Asimismo, los funcionarios públicos de la municipalidad distrital de Ayna, ejecutaron planillas fantasmas, donde señalan la contratación de 27 personas que no prestaron servicio en la obra, donde Ruth Chávez cobró los S/. 29,430. 00 soles según el Comprobante de Pago, bajo el pretexto de pagar a los obreros que figuraban en la hoja de Planilla.
Tras lo sucedido, se levantó el acta de verificación y recepción de la indicada obra, pese que no estaba ejecutada.
Finalmente, el magistrado cargo del caso, valorando los medios probatorios estableció la responsabilidad penal de los hoy sentenciados. Además, la inhabilitación de 10 AÑOS de privación del cargo que ejercían en la fecha de los hechos, e incapacidad para obtener empleo de carácter público, a los acusados RICHARD LA TORRE ECHEGARAY Y ALEX MARTIN QUISPE MORALES, 8 AÑOS a MARINO RAMOS CRUZ, 06 AÑOS a PERCY CHÁVEZ AVENDAÑO, 3 AÑOS a SIMÓN ALEJANDRO CÁRDENAS AGUILAR y04 años a RUTH CHÁVEZ BERROCAL, asimismo deberán abonar la suma de ciento diecisiete mil ochocientos veintidós por concepto de reparación civil.