En el marco del Día Nacional e Internacional de las Personas Trabajadoras del Hogar, que se conmemora cada 30 de marzo, la Intendencia Regional de Ayacucho de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recordó que está prohibida la contratación de menores de edad para labores domésticas, calificando esta práctica como una infracción muy grave.
Según la entidad, las multas por incumplir esta normativa pueden alcanzar hasta los S/ 24,750. La legislación vigente establece que toda persona que realice actividades como limpieza, cocina, lavandería, así como el cuidado de niños, adultos mayores, personas con discapacidad o mascotas, debe tener como mínimo 18 años de edad.
En cuanto a la jornada laboral, Sunafil precisó que esta no debe exceder las 8 horas diarias o 48 horas semanales. Asimismo, cualquier tiempo adicional deberá ser remunerado como horas extras. Respecto a la remuneración, se indicó que no puede ser menor a la Remuneración Mínima Vital, actualmente fijada en S/ 1,130 para una jornada completa.
La entidad también recordó que los trabajadores del hogar tienen derecho a todos los beneficios del régimen laboral privado, entre ellos gratificaciones en julio y diciembre, Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), vacaciones de 30 días al año, afiliación a EsSalud y a un sistema de pensiones, además de descansos semanales y feriados remunerados.
En relación a la protección de derechos, se subrayó que las trabajadoras del hogar cuentan con protección frente al despido por embarazo, así como con el derecho a 98 días de descanso pre y post natal.
Pese a este marco normativo, persiste un alto nivel de informalidad en el sector. De acuerdo con cifras del Ministerio de Trabajo, al 3 de marzo de 2026 solo se han registrado 23,868 contratos a nivel nacional. Ante ello, Sunafil exhortó a los empleadores a formalizar la relación laboral para evitar sanciones y garantizar condiciones de trabajo dignas.
















