Elida Neira Huamaní (34) y Germán Huarhua Barriga (51) fueron sentenciados a través del proceso de terminación anticipada a un año, once meses y diez días de pena privativa de libertad efectiva, convertidos a cien jornadas de prestación de servicios a la comunidad, por la comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de lesiones, subtipo de agresiones en contra de la mujer e integrantes del grupo familiar, en agravio de un menor de 15 años de edad.
El caso estuvo a cargo de Alan Manuel García Rivas, Fiscal Adjunto Provincial de la Fiscalía Provincial Penal de Páucar del Sara Sara.
El agraviado, desde que tenía 6 años, fue víctima de agresión física y psicológica por parte de su progenitora Elida Neira Huamaní y de su padrastro Germán Huarhua Barriga; quienes siempre le hacían sentir mal comparándolo con sus hermanos menores, diciéndole que ellos son mejores; asimismo, su madre le dijo que lo iba a matar, poniéndole un cuchillo en el cuello por alrededor de dos minutos. En otras oportunidades, lo castigó bañándolo de noche con agua fría y cada vez que se demoraba en volver de clases lo buscaba y lo golpeaba delante de sus compañeros con una manguera y con una cuerda para arrear ganado.
En otra oportunidad, la hoy sentenciada puso un cable alrededor del cuello de su hijo y luego de tumbarlo al suelo lo golpeó con el mismo cable en distintas partes del cuerpo. En dos oportunidades lo desnudó, amenazándolo con botarlo, por lo que el agraviado no habría ido a dormir a su casa por temor a ser castigado durmiendo en el establo o en el corral de los chanchos. Así también, su madre lo botó de su casa, diciéndole que iba a matar a su perro si es que regresaba, y que tenía que empezar a estudiar y alimentarse por su propia cuenta, hechos que nunca contó por temor.
Su padrastro Germán Huarhua Barriga también lo agredió física y psicológicamente cuando la víctima tenía siete años de edad, golpeándolo con ramas y cables. En febrero de 2019, lo volvió a agredir a través de patadas, bofetadas y golpes con un cable. A razón de todo lo sufrido, el día 3 de diciembre del año 2019 el menor se fue a vivir a la casa de su tía.
Ambos sentenciados deberán pagar la suma de 800 soles por concepto de reparación civil a favor de la parte agraviada; del mismo modo, tienen la prohibición de aproximarse o comunicarse con el menor, quien se encuentra con medidas de protección dispuestas por el Juzgado Mixto de Páucar del Sara Sara.
Otra sentencia demasiado benigna. El daño que le hizo a ese niño es casi irrecuperable, debieran imponerle como reparación civil, el monto que le costará el tratamiento psicológico al ahora adolescente.
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