- El reglamento permitirá asegurar protección física y emocional de la comunidad universitaria.
A recomendación de La Defensoría del Pueblo, la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga – UNSCH, la segunda universidad más antigua del Perú, implementó el Reglamento de Prevención y Sanción de Hostigamiento Sexual; lo que permitirá a la comunidad universitaria (autoridades, docentes, administrativos y estudiantes), contar con una herramienta que establezca las normas y procedimientos a seguir, cuando se presenten hechos de este tipo de violencia.
Asimismo, el reglamento permitirá asegurar la protección física y emocional de la población universitaria. El hostigamiento sexual es una forma de violencia que se configura a través de una conducta de naturaleza sexual o sexista no deseada por la persona contra la que se dirige, creando un ambiente intimidatorio, hostil o humillante para la víctima.
La implementación del reglamento fue solicitado por el jefe de la oficina de la Defensoría del Pueblo en Ayacucho al rector Homero Ango Aguilar, siendo aceptada de inmediato, es así que emitió la Resolución N° 299-2019-UNSCH-CU el día 27 de junio de 2019, disponiendo aprobar el Reglamento de Prevención y Sanción de Hostigamiento Sexual en la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga y encargando su publicación, difusión y acciones necesarias para el cumplimiento del mismo.
En la región Ayacucho, los centros de estudios universitarios que han aprobado sus reglamentos son la Universidad Privada Los Ángeles de Chimbote, Universidad Alas Peruanas y la Universidad de Ayacucho Federico Froebel.
La Defensoría del Pueblo, recomienda que los casos de hostigamiento sexual en universidades públicas y privadas sean tratados en el marco de un proceso de investigación de tal forma que garantice una sanción adecuada para los responsables, y en los casos en que docentes cometan estos actos, se iniciará inmediatamente el procedimiento administrativo disciplinario correspondiente; y la instancia competente a cargo podrá adoptar como medida preventiva la separación del denunciado sin perjuicio de la sanción que se imponga.