DECLARACIONES DEL MINISTRO ALFREDO THORNE
- Hemos aprobado los tres primeros decretos legislativos concernientes a la parte de impuestos. El primero tiene que ver con el sistema que perfecciona los regímenes especiales de devolución de impuestos general a las ventas (IGV),hemos facilitado el Régimen Especial de Recuperación Anticipada, el Régimen de Reintegro Tributario, y lo más importante es que hemos dado un beneficio para las pequeñas y medianas empresas, para que puedan obtener recuperación anticipada, devolución de su IGV siempre y cuando realicen compras de bienes de capital, la idea es de que las pequeñas y medianas empresas tengan un incentivo a capitalizarse.
- En segundo lugar, hemos aprobado el Decreto de Sinceramiento de Deudas, como ustedes recuerdan el Congreso nos dio facultades para el fraccionamiento y extinción de deudas de la pequeña y mediana empresa, aquellas empresas que facturen por 1,300 UITs o menos. Para la pequeña y mediana empresa que tenga deuda de 1 UIT o menos, se les va a extinguir la deuday aquellas, y al resto de las empresas, mientras mayor sea su deuda menor es el descuento que se les hará, por ejemplo, a la empresa que tenga deudas de más de 2,000 UITs, les darán un descuento del 50%, entre 100 y 2,000, 70% y de 0 a 100, 90%. La idea es que las pequeñas empresas tengan un sinceramiento de sus deudas, y de esta manera beneficiar a las pequeñas empresas.
- Tercero, también hemos hecho modificaciones al impuesto a las personas naturales, que como ustedes recuerdan el Congreso nos dio facultades para permitir la deductibilidad de ciertos gastos con la idea de estimular el mayor uso de las facturas y estimular el mayor cumplimiento en el IGV. Lo que está permitiendo esta norma es quese deduzcan los gastos en alquileres, intereses de créditos hipotecarios para la primera vivienda, honorarios profesionales de médicos y odontólogos, servicios profesionales que generen rentas de cuarta categoría y aportaciones a Essalud. Esto es para aquellas personas que quieran deducir más de los 7 UIT que hoy día la norma permite, podrían deducir 3 UIT más, tendrían en total una deductibilidad máxima de 10 UIT. Las 3 UIT adicionales tendrían que estar acreditadas con facturas en los rubros que acabo de mencionar.