Ad portas de su sentencia solicitó vacaciones y luego licencia por 90 días próximos a cumplirse
El día 14 de febrero detallamos sobre el proceso por el cual Marino Fortunato Raimundez Conde, alcalde de Distrito de Canaria, fue sentenciado a 8 años de pena privativa de libertad y 4 de inhabilitación, por haber ordenado la contrata directa de un consultor hasta en 2 ocasiones, a quien ordenó se le cancelara de manera adelantada por servicios que finalmente ni los cumplió. El día 15 la página web se cayó, jamás se nos pasó por la mente que podía haber sido provocada, hasta que hoy buscamos la noticia de este alcalde por cuanto, se ha postergado la audiencia donde la Sala de Apelaciones vería este caso y por las evidencias y medios probatorios es probable que ratifique dicho fallo, y nos dimos con la sorpresa que la nota no aparece en la web, lo que nos prueba que ese fue el motivo de la caída de la página.
Nos preguntamos , si alguien que exige justicia, puede recurrir a esos hechos malévolos , temerarios como el de hacer caer una página web?
La audiencia ha sido postergada para el 8 de marzo del presente año, los magistrados que evalúan su caso son Andrés Churampi Garibaldi, presidente de la sala de apelaciones y los miembros Orlando Becerra Suárez y Carlos Huamán de la Cruz.
LOS HECHOS
El pasado 31 de octubre de 2016, el Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Víctor Fajardo, que despacha el Juez Ricardo Ramos Valderrama falló en contra de Marino Fortunato Raimundez Conde, alcalde de Distrito de Canaria fue sentenciado a 8 años de pena privativa de libertad y 4 de inhabilitación, así como la reparación civil de 10 mil nuevos soles . En la sentencia también ordenan la inmediata ubicación, captura y encarcelamiento de Raimundez Conde.
El juez en la sentencia condena al Alcalde de Canaria, como autor de la comisión del delito contra la administración pública en la modalidad de negociación incompatible y/o aprovechamiento del cargo, por haber ordenado el pagó al Consultor Benny Orlando Velarde Valer, por dos proyectos que nunca entregó.
Los hechos se remontan al día 18 de setiembre del 2009, en que sin convocar a un proceso de adjudicación de Menor Cuantía, Marino Fortunato Raymundo Conde ordenó la contratación directa del Consultor Benny Orlando Velarde Valer para la elaboración del perfil y expediente técnico del proyecto “Ampliación y mejoramiento de alcantarillado y laguna de oxidación de Taca”, para lo cual suscribió el contrato de locación de servicio de consultoría y ese mismo día sin que el referido contratista cumpla con elaborar y entregar el citado perfil y expediente , mediante orden de servicio N°298 y suscrito en el rubro recibí conforme por Marino Raymundo, autorizó el pago mediante comprobante N° 371-2009 por 15 mil soles, ordenando mediante memorándum 592-2009 de fecha 18 de setiembre 2009 a la tesorera María Calle el pago mediante cheque, dinero que al año siguiente fue devuelto por el consultor.
Ese mismo día realizó el mismo procedimiento para la elaboración del perfil y expediente técnico del proyecto “Represa Cchochani-Reservorio Grande en la comunidad campesina de Canaria”, con el mismo monto , la entrega del cheque, con la diferencia que en este caso no se devolvió el dinero.
Es por estos hechos que el Juez le impuso 8 años de prisión a este alcalde, quien apeló y la sala debió haber resuelto este caso el 13 de febrero del presente año, más por la inasistencia de uno de ellos se suspendió y reprogramó para el 8 de marzo .